Ocho meses de condena por agredir a una revisora del tranvía
El Juzgado de Instrucción nº4 de La Laguna ha fallado en favor de Metropolitano de Tenerife (MTSA) sobre el delito de atentado y lesiones sufridas por una revisora del tranvía, M. M. S. Z, y condena al autor de los hechos, E. G. R., a una pena de ocho meses de prisión y al pago de una multa de 500 euros en concepto de indemnización. La sentencia tiene carácter firme y su resolución se ha basado en el cumplimiento de los artículos 550, 550.1º y 617.1 del Código Penal.
Los hechos tuvieron lugar el 10 de junio de 2013 a la altura de la parada del tranvía El Cardonal. La revisora, uniformada y en servicio, solicitó al acusado el título de transporte quien le mostró un Abono Mes sin el correspondiente D.N.I. a efectos de comprobación. Al serle requerido dicho documento de identidad, E. G. R. agredió físicamente a la revisora, provocándole lesiones que precisaron de asistencia y que le ocasionaron la incapacidad laboral.
La Ley 16/1987 reconoce a los revisores o agentes de fiscalización del metro ligero la consideración de agentes de autoridad teniendo la potestad de actuar en las instalaciones del servicio de tranvía, que comprende tanto el interior de los vehículos como las paradas.
Las funciones del revisor no sólo se centran en atender e informar directamente a los pasajeros del tranvía sobre cualquier aspecto relacionado con el servicio, sino que además se encargan de comprobar el correcto funcionamiento del mismo controlando que todo viajero cuenta con su billete validado correctamente. En el caso de que adviertan infracciones de las normas de uso del servicio proceden a la tramitación de la sanción.
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